La norma diocesana sólo se ciñe al ejercicio del Vía Crucis

Tras la noticia de que el Obispado no autorizaba a la hermandad de los Afligidos poder realizar su traslado hacia la Iglesia de San Juan Bautista con acompañamiento musical de una camerata (grupo reducido de músicos) para, posteriormente, realizar el ejercicio del Vía Crucis, el equipo de El Senatus ha hecho una labor de documentación para intentar conocer a que se acoge el obispado para dicha negativa.

El documento, emitido en el año 2001 por D. Antonio Ceballos Atienza, habla en el punto 4 exclusivamente del acompañamiento musical durante el ejercicio del Vía Crucis.

A continuación, os adjuntamos la normativa que recoge todos los detalles a tener en cuenta para dichos actos piadosos:

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